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1.2 Los canales de acceso

Licencia de Navegación · Unidad 1

Los canales de acceso

Te lo cuenta Delfi Si la zona de baño balizada es una puerta cerrada, el canal es la única llave. Y como toda llave, solo sirve si se usa como toca: por dentro de las boyas, despacio y sin pararse.

Un canal de acceso es un pasillo de agua señalizado que atraviesa la zona de baño para que las embarcaciones puedan entrar y salir de la playa sin meterse entre los bañistas. Es la excepción a la prohibición de navegar dentro del recinto balizado.

1única vía legal a la playa
15mlibres desde la orilla en pleamar
3nudos como máximo en la zona
0paradas dentro del canal

Qué dice la normaEntrar y salir, solo por ahí

El Reglamento General de Costas es muy corto en esto y muy claro: el lanzamiento o varada de embarcaciones deberá hacerse a través de canales debidamente señalizados. No hay una segunda puerta. Donde hay zona de lanzamiento y varada, además, debe quedar libre permanentemente una franja de 15 metros como mínimo desde la orilla en pleamar, y si en las proximidades no existe un canal autorizado, el proyecto de la instalación tiene que crear uno, con informe favorable de Puertos del Estado.

Cuidado con lo que has oído por ahí. Durante sesenta años, las características de los canales —anchuras, velocidades, ángulos de entrada— las fijaba la Orden de 2 de julio de 1964. Esa orden está derogada desde 2023. Hoy lo que manda es la señalización concreta de cada canal y la autorización con la que se instaló, así que las cifras de memoria que circulan por los foros ya no son la norma: lo que vale es lo que veas balizado en esa playa.

Cómo se usaSeis reglas de sentido común

  1. Localiza el canal antes de acercarte, desde fuera de la zona de baño. Se reconoce por sus boyas alineadas formando un pasillo hacia la orilla.
  2. Entra y sal perpendicular a la playa, siguiendo el eje del canal. Es lo que hace tu rumbo previsible para todo el mundo.
  3. Despacio. Estás en zona de baño: el tope son tres nudos, y dentro del canal no hace falta ni eso. Velocidad de gobierno y poco más.
  4. No te detengas dentro. El canal es un paso, no un fondeadero ni un sitio para embarcar gente con calma. Si tienes que parar, hazlo fuera de la zona de baño.
  5. Vigila el pasillo entero, no solo la proa: es habitual que un bañista lo cruce a nado sin mirar, y en un canal nadie espera encontrárselo.
  6. Prioridad al que sale. No es una regla escrita del Reglamento de Costas, es convivencia: quien viene de dentro tiene menos maniobra y peor visión.
Y Ron añade El motor fuera del agua es una hélice al aire, y una hélice al aire en dos palmos de agua con niños alrededor es lo peor que puede pasarte. Cuando vayas a varar, para el motor y levanta la cola antes de tocar, no después: en cuanto notas el fondo ya es tarde.
Compruébalo · el día de playa

Llegas a una playa con la zona de baño balizada y ves su canal de acceso. Quieres dejar a dos amigos en la orilla y volver a salir. ¿Cómo lo haces?

Mal la segunda parte. Entrar por el canal, bien; quedarte parado dentro, no: el canal es la única vía de paso de todos los que entran y salen, y pararte en él lo bloquea. Se entra, se deja a la gente en la orilla y se sale.

Correcto. Y añade dos cosas: el motor parado y la cola levantada antes de tocar fondo, y la vigilancia puesta en todo el pasillo, no solo en la proa. Entrar, soltar, salir.

No. Los tres nudos son el límite de la zona de baño no balizada. Dentro de una zona de baño balizada la navegación está prohibida a cualquier velocidad; la única excepción es el canal.

No. Fondear en el canal es cerrarle la puerta a todos los demás, y además te deja en el sitio exacto por donde va a pasar alguien. El fondeo, fuera de la zona de baño.

Lo que te llevas

  • El lanzamiento y la varada se hacen por canales debidamente señalizados.
  • En las zonas de lanzamiento y varada se deja libre una franja de 15 metros desde la orilla en pleamar.
  • Las características del canal las fija su propia señalización y autorización: la vieja Orden de 1964 está derogada.
  • Dentro: perpendicular, despacio y sin pararse.
  • Y el motor, parado y levantado antes de tocar fondo.

Fuente: Real Decreto 876/2014, Reglamento General de Costas, artículos 70.2 y 73. La Orden de 2 de julio de 1964 quedó derogada por el Real Decreto 186/2023.